¿Es necesario un modelo de retribución de los equipos de innovación?

Durante los últimos meses he explicado en diversos foros, eventos y mesas de trabajo la iniciativa que pretende que se considere la retribución complementaria/variable de los equipos de innovación como un factor determinante para la incentivación de la innovación en este país.

Algunos de estos han sido una Sesión de Trabajo en la sede del Plan Estratégico Metropolitano de Barcelona en la que expusimos nuestro conocimiento de la situación a nivel mundial y lo que nosotros considerábamos debería promoverse. Una de las conclusiones relevantes fue que “para encontrar la forma de regulación más adecuada es necesario estudiar y definir un modelo de retribución de la innovación teniendo en cuenta el tejido productivo y empresarial del país”.

En esta sesión de trabajo expuse la situación de la retribución de las patentes de empleado en diversos países empezando por España y acabando en la comparativamente ventajosa situación de China. Además introduje dos cuestiones asociadas a esta cuestión y que considero relevantes: las implicaciones económicas por ingresos fiscales via IRPF y la descapitalización del intangible de filiales.

La presentación la podéis ver aquí.

Y la última la semana pasada en el BizBarcelona dentro de lo que se denominó “Cluster & Cross‐sectorial Roundtable Programme” realicé una exposición más corta para los asistentes de este certamen internacional que generó sorpresa entre los presentes ya que la mayoría desconocían la situación a nivel mundial y la desventaja en “retención de talento” que hoy en día suponen la situación en Alemania y en China. Como dije en esta ponencia “hoy en día un empleado que trabaja en I+D y desarrolla patentes tiene mejores derechos de retribución en China que en España”.

La presentación (en inglés) en prezi la podéis ver aquí.

Entre los diversos asistentes al evento constate que existe un desconocimiento de la diferente situación en la remuneración individual y de los equipos de innovación en lo que atañe a patentes de empleados que trabajan en I+D, lo cual no es de extrañar dada la legislación existente. Y no el caso alemán el que genera mayor sorpresa e “indignación” sino el hecho que desde 2010 en China haya una situación mucho más favorable que la de aquí.

Creo que en los próximos años se va a producir un cambio en el paradigma de la “retribución de los equipos de innovación” y para ello la existencia de un modelo de referencia puede ser un elemento catalizador.

Si bien, este modelo no será de obligado cumplimiento si que una actuación de promoción y de reconocimiento hacia aquellas empresas que lo implanten generará un efecto mimético de adopción.

Al final aquellos que reconozcan a los equipos de innovación por su aportación a la generación de negocio para la empresa serán los que conseguirán más innovaciones de éxito.

 

2 Comments
  1. 10 agosto, 2012
    • 31 agosto, 2012

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