¿Cómo se retribuye la innovación?

¿Es que se retribuye la innovación?

Esta es una pregunta que a menudo me hacen y a la que dimos una respuesta la pasada semana con Francesc González en una Webconference organizada por EAE Business School y OBS Business School y moderada por Marc Sansó. En esta webconference expusimos nuestra visión sobre cómo se retribuye la innovación y como se puede retribuir.

La retribución de la innovación está legislada en uno de sus aspectos vinculados a la generación de conocimiento aplicado como son las patentes. Como he escrito de forma reiterada tanto en este blog como en otros medios digitales y también he explicado en la prensa escrita en los países más avanzados a nivel tecnológico su legislación reconoce el derecho a retribución de los empleados que crean y desarrollan patentes. Un derecho vinculado al resultado económico que generan dichas patentes, es decir, que se retribuyen aquellas invenciones que se han comercializado y han generado ingresos para la empresa lo que constituye una de las definiciones de innovación.

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Entre estos países destaca por su significación China, que tras una modificación del reglamento de su Ley de Patentes incorpora los criterios mínimos de retribución a los empleados que crean patentes. Esta situación legislativa ha provocado que numerosas empresas hayan modificado sus políticas de retribución, entre éstas y a título de ejemplo encontramos 3M China que introduce como criterio de cálculo de retribución una fórmula:

Remuneración = ventas anuales × 0,01% × coeficiente de la contribución al producto terminado × coeficiente de patentes involucradas × coeficiente de inventores involucrados

Como vemos esta es una fórmula que tiene en cuenta tanto la aportación individual de la persona como su aportación en el grupo que está involucrado.

Pero además de las patentes hay otros aspectos que pueden retribuirse y uno de ellos es el que se introduce en la nueva Ley de Patentes española que fue aprobada el pasado mes de julio. Este aspecto que se describe en el artículo 17 es la “retribución de las mejoras técnicas no patentables”, es decir, la nueva ley amplia los ámbitos en los que se reconoce la retribución de la innovación y permite que puedan obtenerla personas ajenas a los grupos que hacen I+D+I; porque una mejora técnica la puede realizar cualquier persona en cualquier organización con que solo utilice la herramienta más importante que tiene para desarrollar su ingenio y para pensar soluciones.

Esta modificación en mi opinión puede suponer un cambio sustancial en la percepción de la innovación tanto por parte de las empresas como de sus empleados.

Por parte de las empresas supondrá tener que introducir en sus políticas retributivas los elementos y  criterios que permitan calcular de forma clara y transparente la retribución que corresponde a cada empleado. Ello conllevará que sea necesario desarrollar unos procedimientos y darlos a conocer a toda la plantilla.

Por parte de los empleados este cambio legislativo supondrá ser conscientes de que la innovación es importante porque tiene un valor que se materializa en forma de retribución variable. Esto incentivará que los empleados aporten soluciones tanto a los productos y servicios que comercializa la empresa como a los procesos que se realizan a lo largo del Ciclo de Vida.

Ahora bien la retribución de la innovación no debería el único elemento que forme parte de las políticas en RR.HH. de las empresas. Para ello debería desarrollarse una visión sistémica que podría concretarse en la adopción del modelo de Compensación Total.

Y la mejor forma de conocer cómo se puede Retribuir la Innovación es ver el video de la webconference :


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